NORMAS DE APLICACIÓN Y PROCEDIMIENTO
Disposiciones Generales
Artículo 11.- En caso de decidir que la votación sea electrónica, el presidente del consejo técnico o interno establecerá contacto inmediatamente con la Secretaría Ejecutiva del Consejo Universitario o con el consejo académico correspondiente, según sea el caso. Estas instancias darán aviso formal a la Comisión Especial que calificará las elecciones y a la Dirección General de Servicios de Cómputo Académico para que esta dependencia inicie el desarrollo de las actividades correspondientes
Ejemplo: Coordinador, Director, Secretaría Académica, Secretaría Ejecutiva del Consejo Universitario o Consejo Académico, Secretaría Técnica o Subdirección Académica o Presidente de la Academia o Asociación.
Puede seleccionar más de una opción.
Centro de Atención a Usuarios (CAU)
(55) 5622-8099 ext. 46190 a la 46194Lunes a viernes de 9:00 am a 8:00 pm (tiempo del centro de México)
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